INTERÉS SUPERIOR DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES YPREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL SOBRE EL PROCESAL
DOI:
https://doi.org/10.63865/temasp.v39n39a5Palabras clave:
interés superior de los niños y adolescentes, prevalencia del derecho sustancial sobre el procesal, ponderación, test de razonabilidad, armonización concretaResumen
En este artículo se analiza el principio del interés superior de los infantes y adolescentes como concepto jurídico indeterminado en el artículo 8 del Código de la Infancia y la Adolescencia al que la autoridad judicial dota de contenido. Se hace un recuento histórico de la normativa nacional e internacional, desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos hasta las normas internas, principalmente algunas sentencias de la Corte Constitucional en las que, al analizarse este principio, se han establecido subreglas como la garantía del desarrollo integral del niño o adolescente con el disfrute pleno de sus derechos y la prevalencia de sus derechos sobre los de sus familiares, evitando cambios desfavorables en su vida y en procura de escuchar siempre lo que sienten y piensan. Por otro lado, se encuentra el principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el procesal, que no ha de entenderse según sus niveles de importancia sino atendiendo a su relación de complementariedad, en tanto el derecho procesal sirve para materializar el derecho sustancial. Así, en eventos de excesiva exégesis, según la Corte Constitucional, se renuncia a la verdad jurídica que se extrae de los hechos por el rigorismo en la aplicación de la norma procesal. De tal manera, se propone ante la pugna entre estos dos principios, un ejercicio de ponderación, de test de razonabilidad y de armonización concreta para dotar de contenido el principio del interés superior de los infantes y adolescentes buscando aplicar con más flexibilidad las normas procesales sin que se desconozca el formalismo propio del derecho procesal como manifestación del debido proceso.