La indemnización civil de los daños causados con el delito
Palabras clave:
Indemnización civil, Delito y obligaciones, Código Penal y Código CivilResumen
No admite la menor discusión, desde el punto de vista jurídico, que el delito, como hecho típico, antijurídico y culpable, es fuente de obligaciones. No solo porque así expresamente lo contempla el artículo 1494 del Código Civil, sino porque en forma clara y determinante lo indica el artículo 103 del Código Penal nuevo (Decreto 100 de 1980), que entró a regir a partir del 29 de enero de 1981.